Registro de solicitantes de viviendas de protección oficial

REGISTRO DE SOLICITANTES DE VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL

Para poder acceder a una vivienda de protección oficial, es necesario inscribirse previamente en el Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial. Este registro proporciona información sobre las necesidades reales y la distribución territorial de las viviendas. También permite agilizar los procesos de adjudicación garantizando la máxima transparencia.

La inscripción en el registro se puede realizar en cualquier momento y tiene una vigencia de un año, pasado este período se puede renovar. Los solicitantes de esta tipología de viviendas deberán destinarla a residencia habitual y permanente, y no podrán ni cederla o alquilarla a otras personas. También se incluyen garajes y trasteros siempre que estén vinculados a una vivienda protegida.

Para buscar una vivienda de protección oficial deberá dirigirse a la oficina local de vivienda más cercana a su domicilio.

 

¿A quién va dirigido?

Va dirigido a la población que esté interesada en la oferta de viviendas con precios más asequibles, teniendo en cuenta el límite máximo de ingresos calculado de acuerdo con el índice de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC), el número de miembros de la unidad familiar y la zona geográfica en la que se encuentra el municipio de la vivienda.

En el siguiente enlace se pueden consultar las tablas de ingresos de referencia para acceder a una vivienda protegida así como el mapa de las zonas geográficas y las áreas de demanda residencial fuerte y acreditada:

- Tablas de ingresos de referencia.

- Mapa de las zonas y áreas de demanda residencial.

 

Requisitos

Cualquier persona física deberá cumplir con las siguientes condiciones:

  • Ser mayor de edad o estar emancipado, con residencia legal en territorio español.

  • Estar empadronado en un municipio de Cataluña (este requisito no se exige a las personas originarias de Cataluña o antiguas residentes siempre que acrediten tener presentada la solicitud de reconocimiento de la condición de persona devuelta).

  • No hallarse incapacidad para obligarse contractualmente, salvo representación legal o autorización judicial sustitutoria.

  • No ser titular de una vivienda protegida.

  • No ser titular de una vivienda libre, o en caso de serlo que la vivienda de la que se dispone no sea adecuada o no se encuentre a disposición del solicitante.

Trámites

En la Agencia de la Vivienda de Cataluña encontrará la solicitud de inscripción al registro de solicitante de vivienda de protección oficial, de forma telemática (opción A) y de forma presencial (Opción C). En el caso de tramitación presencial se deberá presentar la documentación requerida en la Oficina Local de Vivienda, de forma telemática por la Sede del Ayuntamiento con Presentación de instancias y Documentos, o presencialmente en la planta baja de la Ayuntamiento.

Para realizar la renovación como solicitante, si no se ha producido ninguna variación en los datos aportados inicialmente sólo será necesario facilitar la Declaración Responsable, sino se tendrá que modificar los datos y tramitar de nuevo en el siguiente enlace: Solicitud de renovación.

 

Más información

Para obtener más información preferiblemente se puede dirigir a la Oficina Local de Vivienda de Gavà, mediante el teléfono 93 263 96 60 o pidiendo cita previa a través del siguiente enlace.

Para más información sobre vivienda de protección oficial puede acceder al siguiente enlace.