PRESTACIÓN PARA EL PAGO DE LA DEUDA DE RENTAS DE ALQUILER DERIVADO DEL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA COVID-19
Ayudas para hacer frente al pago de la deuda de las rentas de alquiler, a las que el coste de la vivienda derivado del impacto económico y social de la Covid-19 puede situar en riesgo de exclusión social residencial.
¿A quién va dirigido?
Estas prestaciones están destinadas a personas físicas residentes en Catalunya que sean titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso de una vivienda destinada a residencia habitual y permanente, con deuda de rentas de alquiler a partir del mes de abril de 2020 , a quien el coste de la vivienda puede situar en riesgo de exclusión social residencial.
Requisitos generales
Tener la residencia legal en Cataluña, y ser titular del contrato de alquiler de la vivienda en la que residan con carácter habitual y permanente. La persona solicitante debe tener una deuda de rentas de alquiler producida por circunstancias sobrevenidas y no previsibles a partir del mes de abril de 2020.
La unidad de convivencia se encuentra o se ha encontrado en situación de desempleo, en E.R.T.O., o ha sufrido una disminución de ingresos derivado del impacto económico y social de la Covid 19. Habrá que presentar entre otros documentos, el Certificado de afectación por E.R.T.O. o declaración responsable que justifique la circunstancia que ha provocado la disminución de ingresos. Tener unos ingresos no superiores a 2 veces el IRSC en el caso de vivir solas, o 2,5 veces el IRSC por dos o más miembros, y no superior a 3 veces el IRSC para personas con discapacidades o gran dependencia.
El importe del alquiler no puede superar los 800 € mensuales.
Puede consultar los límites de ingresos del IRSC por la Zona A en el siguiente enlace:
La cuantía de la prestación se fija de acuerdo con la deuda acreditada, con un importe máximo de 4.500€ por un período máximo de 12 meses.
Fechas clave
Convocatoria abierta.
Documentación para la solicitud
- Declaración responsable relativa a si se han solicitado u obtenido otras ayudas públicas o privadas por la misma finalidad, haciendo constar las entidades que han concedido las ayudas y la cantidad solicitada y obtenida.
- Declaración de cumplimiento de requisitos para acceder a la ayuda.
- Certificado de empresa acreditativo de haber estado afectado por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTO).
- En caso de trabajadores por cuenta propia, declaración responsable en la que se justifique la circunstancia concreta que ha provocado la disminución de ingresos.
- Contrato de alquiler, cesión o subarrendamiento a nombre del solicitante, acreditando el pago de la fianza de alquiler al arrendador.
- Justificación de ingresos de la unidad de convivencia con las tres últimas nóminas previas a la presentación de la solicitud, si todavía no se dispone de nóminas será necesario presentar el contrato de trabajo. En el caso de trabajadores por cuenta propia, será necesaria la presentación de la declaración trimestral del IRPF correspondiente.
- Certificado de la persona propietaria o administradora de la vivienda que acredite el importe detallado de la deuda y de los meses correspondientes.
Para obtener más información se puede dirigir a la Oficina Local de Vivienda de Gavà, mediante el teléfono 93 263 96 60 o pidiendo cita previa a través del siguiente enlace: Cita previa (gava.cat)
Prestación para el pago de la deuda de rentas de alquiler derivado del impacto económico y social del Covid-19
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PRESTACIÓN PARA EL PAGO DE LA DEUDA DE RENTAS DE ALQUILER DERIVADO DEL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA COVID-19
Ayudas para hacer frente al pago de la deuda de las rentas de alquiler, a las que el coste de la vivienda derivado del impacto económico y social de la Covid-19 puede situar en riesgo de exclusión social residencial.
¿A quién va dirigido?
Estas prestaciones están destinadas a personas físicas residentes en Catalunya que sean titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso de una vivienda destinada a residencia habitual y permanente, con deuda de rentas de alquiler a partir del mes de abril de 2020 , a quien el coste de la vivienda puede situar en riesgo de exclusión social residencial.
Requisitos generales
Tener la residencia legal en Cataluña, y ser titular del contrato de alquiler de la vivienda en la que residan con carácter habitual y permanente. La persona solicitante debe tener una deuda de rentas de alquiler producida por circunstancias sobrevenidas y no previsibles a partir del mes de abril de 2020.
La unidad de convivencia se encuentra o se ha encontrado en situación de desempleo, en E.R.T.O., o ha sufrido una disminución de ingresos derivado del impacto económico y social de la Covid 19. Habrá que presentar entre otros documentos, el Certificado de afectación por E.R.T.O. o declaración responsable que justifique la circunstancia que ha provocado la disminución de ingresos. Tener unos ingresos no superiores a 2 veces el IRSC en el caso de vivir solas, o 2,5 veces el IRSC por dos o más miembros, y no superior a 3 veces el IRSC para personas con discapacidades o gran dependencia.
El importe del alquiler no puede superar los 800 € mensuales.
Puede consultar los límites de ingresos del IRSC por la Zona A en el siguiente enlace:
Tablas de ingresos de referencia para las ayudas o servicios en materia de vivienda. Habitatge (gencat.cat)
Importe de la subvención
La cuantía de la prestación se fija de acuerdo con la deuda acreditada, con un importe máximo de 4.500€ por un período máximo de 12 meses.
Fechas clave
Convocatoria abierta.
Documentación para la solicitud
- Declaración responsable relativa a si se han solicitado u obtenido otras ayudas públicas o privadas por la misma finalidad, haciendo constar las entidades que han concedido las ayudas y la cantidad solicitada y obtenida.
- Declaración de cumplimiento de requisitos para acceder a la ayuda.
- Certificado de empresa acreditativo de haber estado afectado por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTO).
- En caso de trabajadores por cuenta propia, declaración responsable en la que se justifique la circunstancia concreta que ha provocado la disminución de ingresos.
- Contrato de alquiler, cesión o subarrendamiento a nombre del solicitante, acreditando el pago de la fianza de alquiler al arrendador.
- Justificación de ingresos de la unidad de convivencia con las tres últimas nóminas previas a la presentación de la solicitud, si todavía no se dispone de nóminas será necesario presentar el contrato de trabajo. En el caso de trabajadores por cuenta propia, será necesaria la presentación de la declaración trimestral del IRPF correspondiente.
- Certificado de la persona propietaria o administradora de la vivienda que acredite el importe detallado de la deuda y de los meses correspondientes.
Tramitación
Preferentemente por internet, desde el enlace: Prestación para el pago de la deuda de rentas de alquiler derivado del Covid-19.
Presencial accediendo a la Oficina Local de Vivienda de Gavà.
Más información
Se puede consultar la documentación detallada y otras informaciones así como las bases de las ayudas: Documentación, requisitos y otras informaciones
Para obtener más información se puede dirigir a la Oficina Local de Vivienda de Gavà, mediante el teléfono 93 263 96 60 o pidiendo cita previa a través del siguiente enlace: Cita previa (gava.cat)