Es un servicio cuyo objetivo es el incremento de la oferta de viviendas en alquiler a un precio asequible en función de los ingresos del inquilino. Para poder acceder a una vivienda de alquiler social, es necesario constar como inscrito en el Registro de Solicitantes de vivienda de Protección Oficial. La inscripción en el registro se puede realizar en cualquier momento y tiene una vigencia de un año, pasado este período se puede renovar.
¿A quién va dirigido?
Va dirigido a la población que esté interesada en la oferta de viviendas con precios más asequibles, teniendo en cuenta el límite máximo de ingresos calculado de acuerdo con el índice de renta de suficiencia de Catalunya (IRSC).
Requisitos
Cualquier persona física deberá cumplir con las siguientes condiciones:
Tener plena capacidad de ser titular del alquiler y disponer de unos ingresos de la unidad de convivencia superiores a 1 vez al IRSC.
Ser solicitante en el Registro de Solicitantes de Protección Oficial.
No ser propietario de una vivienda.
No haber renunciado en el último año a una adecuada asignación sin motivo justificado.
Acreditar si se forma parte de colectivo específico o demanda prioritaria por especial urgencia.
Criterios de adjudicación
Las viviendas se asignarán de forma ordinaria y en función de las siguientes variables:
La renta de la unidad de convivencia debe ser como máximo un 30% de los ingresos.
De las anteriores, prioridad con ingresos por debajo de 2,35 veces IRSC.
Adaptación por ocupación máxima y accesibilidad.
En caso de coincidencia entre varias solicitudes, asignación a la más antigua.
Para el ejercicio 2022, la Ley de presupuestos de la Generalidad de Cataluña fija el valor del indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC) en 569,12 euros mensuales y 7.967,73 euros anuales.
Trámites
En la Agencia de la Vivienda de Cataluña encontrará la solicitud de inscripción en el registro de solicitante de vivienda de protección oficial, de forma telemática (opción A) y de forma presencial (Opción C). En el caso de tramitación presencial se deberá presentar la documentación requerida en la Oficina Local de Vivienda, de forma telemática por la Sede del Ayuntamiento con Presentación de instancias y Documentos, o presencialmente en la planta baja de la Ayuntamiento.
Para realizar la renovación como solicitante, si no se ha producido ninguna variación en los datos aportados inicialmente sólo será necesario facilitar la Declaración Responsable, sino se tendrá que modificar los datos y tramitar de nuevo en el siguiente enlace: Solicitud de renovación.
La solicitud para acceder a la bolsa de alquiler social se tramitará directamente mediante la Oficina Local de Vivienda o desde el portal de Trámites.
Más información
Para obtener más información preferiblemente se puede dirigir a la Oficina Local de Vivienda de Gavà, mediante el teléfono 93 263 96 60 o pidiendo cita previa a través del siguiente enlace.
Bolsa de alquiler social
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BOLSA DE ALQUILER SOCIAL
Es un servicio cuyo objetivo es el incremento de la oferta de viviendas en alquiler a un precio asequible en función de los ingresos del inquilino. Para poder acceder a una vivienda de alquiler social, es necesario constar como inscrito en el Registro de Solicitantes de vivienda de Protección Oficial. La inscripción en el registro se puede realizar en cualquier momento y tiene una vigencia de un año, pasado este período se puede renovar.
¿A quién va dirigido?
Va dirigido a la población que esté interesada en la oferta de viviendas con precios más asequibles, teniendo en cuenta el límite máximo de ingresos calculado de acuerdo con el índice de renta de suficiencia de Catalunya (IRSC).
Requisitos
Cualquier persona física deberá cumplir con las siguientes condiciones:
Tener plena capacidad de ser titular del alquiler y disponer de unos ingresos de la unidad de convivencia superiores a 1 vez al IRSC.
Ser solicitante en el Registro de Solicitantes de Protección Oficial.
No ser propietario de una vivienda.
No haber renunciado en el último año a una adecuada asignación sin motivo justificado.
Acreditar si se forma parte de colectivo específico o demanda prioritaria por especial urgencia.
Criterios de adjudicación
Las viviendas se asignarán de forma ordinaria y en función de las siguientes variables:
La renta de la unidad de convivencia debe ser como máximo un 30% de los ingresos.
De las anteriores, prioridad con ingresos por debajo de 2,35 veces IRSC.
Adaptación por ocupación máxima y accesibilidad.
En caso de coincidencia entre varias solicitudes, asignación a la más antigua.
Para el ejercicio 2022, la Ley de presupuestos de la Generalidad de Cataluña fija el valor del indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC) en 569,12 euros mensuales y 7.967,73 euros anuales.
Trámites
En la Agencia de la Vivienda de Cataluña encontrará la solicitud de inscripción en el registro de solicitante de vivienda de protección oficial, de forma telemática (opción A) y de forma presencial (Opción C). En el caso de tramitación presencial se deberá presentar la documentación requerida en la Oficina Local de Vivienda, de forma telemática por la Sede del Ayuntamiento con Presentación de instancias y Documentos, o presencialmente en la planta baja de la Ayuntamiento.
Para realizar la renovación como solicitante, si no se ha producido ninguna variación en los datos aportados inicialmente sólo será necesario facilitar la Declaración Responsable, sino se tendrá que modificar los datos y tramitar de nuevo en el siguiente enlace: Solicitud de renovación.
La solicitud para acceder a la bolsa de alquiler social se tramitará directamente mediante la Oficina Local de Vivienda o desde el portal de Trámites.
Más información
Para obtener más información preferiblemente se puede dirigir a la Oficina Local de Vivienda de Gavà, mediante el teléfono 93 263 96 60 o pidiendo cita previa a través del siguiente enlace.