Programa de ayudas de rehabilitación a nivel de Vivienda

PROGRAMA DE AYUDAS A ACTUACIONES DE MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS

El objeto de este programa es la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.

¿A quién va dirigido?

Los destinatarios últimos y beneficiarios de las ayudas pueden ser personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas, ya sean personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública.

Requisitos

Las viviendas objeto de actuación deben constituir el domicilio habitual y permanente de los propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar la ayuda.

Las actuaciones a ejecutar deben tener la licencia o autorización municipal que corresponda según normativa, y deberá estar vigente a lo largo de la ejecución de las obras.

Actuaciones subvencionables

Actuaciones en las que se alcance una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de como mínimo un 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de como mínimo un 30%.

Las actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica cuando sea necesario adaptar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, establecidos en las tablas 3.1.1.a–HE1 i 3.1.3.a–HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de Energía del Código Técnico de Edificación.

Los honorarios profesionales, coste de redacción del proyecto, informes técnicos y certificados necesarios, gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares debidamente justificados. 

Si la obra ya está iniciada o finalizada también es subvencionable, siempre y cuando el inicio de las obras sea posterior al 1 de febrero de 2020.

No serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.

Importe de la subvención

 

Fechas clave

La convocatoria de solicitud de ayudas está abierta actualmente, aunque se podrá cerrar la admisión de solicitudes y documentación si se agota la dotación presupuestaria. 

Las actuaciones objeto de financiación mediante este programa deberán estar finalizadas antes del 30 de junio de 2026.

Documentación para la solicitud

En el documento elaborado por el Consorci Metropolità de l’Habitatge se puede consultar la relación de documentación que hace falta presentar en las ayudas a nivel de vivienda.

Tramitación

La tramitación de la solicitud de ayudas la puede realizar el destinatario último o bien, en el caso que exista, el agente o gestor de rehabilitación. Se realizará presencialmente en la oficina de Gavà Habitatge.

Antes de presentar una solicitud de ayudas, se debe comprobar que se dispone de toda la documentación necesaria y aportarla en el momento de presentar la solicitud.

Más información

Para obtener más información preferiblemente se puede dirigir a Gavà Habitatge, mediante el correo electrónico gavahabitatge@gava.cat o a través del teléfono 93 263 96 60. También podéis acceder a la página web del Consorci Metropolità de l’Habitatge.

Para consultar telemáticamente más información puede acceder a los documentos específicos siguientes:

Bases reguladoras – RD 853/2021, de 5 de octubre

Convocatoria