Ayudas Consorci Metropolità de l'Habitatge en accesibilidad y movilidad interior

AYUDAS DEL CONSORCI METROPOLITÀ DE L'HABITATAGE PARA  LA ACCESIBILIDAD INTERIOR

Programa de ayudas para actuaciones de accesibilidad y movilidad interior en viviendas.

El objeto de esta convocatoria para el año 2022, es fomentar las actuaciones de mejora de accesibilidad y movilidad en el interior de la vivienda. Están excluidas las viviendas no destinadas a residencia habitual y permanente, a excepción de las viviendas vacías que se pongan de manera efectiva a disposición del mercado de alquiler o de las bolsas de alquiler social u otros programas públicos.

¿A quién va dirigido?

A propietarios, arrendatarios y usufructuarios de viviendas unifamiliares privadas y viviendas individuales privadas en edificios de tipología residencial colectiva, tanto si han constituido título de propiedad horizontal como si no, ubicados en los municipios del área metropolitana de Barcelona (excepto Barcelona ciudad).

Requisitos de la persona solicitante

La persona solicitante debe ser el/la propietario/aria o arrendatario/aria o usufructuario/aria de la vivienda.

Los ingresos anuales de la unidad de convivencia no pueden superar 5 veces el Indicador de Renta de Suficiencia de Catalunya (IRSC). En el caso en fecha de la solicitud de la ayuda, alguna de las personas residentes en la vivienda presente discapacidad igual o superior al 33% y supere el baremo de movilidad reducida, o bien tenga 65 años o más, los límites de ingresos anuales descritos anteriormente no serán de aplicación.

El solicitante debe estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, la Generalitat de Catalunya, los Ayuntamientos metropolitanos y con la Seguridad Social, establecidas por las disposiciones vigentes.

Actuaciones subvencionables

El coste subvencionable, a efectos de cálculo de la subvención, estará constituido por:

  • Presupuesto de contrato de la empresa o las empresas, por el coste de las obras.

  • Honorarios facultativos (redacción de proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares), siempre que todos ellos estén debidamente justificados.

IMPORTANTE: No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos.

Importe de la subvención

El importe de la subvención será del 40% del coste de las actuaciones subvencionables, con un límite de 3.000 euros.

En el caso que la vivienda se incorpore a las bolsas de alquiler social o otros programas públicos análogos, la cuantía máxima de las subvenciones a conceder por vivienda será del 40% del coste subvencionable, con un límite de 6.000 euros.

Fechas clave

Convocatoria abierta hasta el 31 de diciembre del 2022 o hasta la finalización del presupuesto.

Tramitación

La tramitación de la solicitud de las ayudas la debe realizar la persona o entidad beneficiaria, directamente en la oficina de Gavà Habitatge, y la documentación necesaria es la siguiente:

Se recomienda consultar el esquema de tramitación y "7. ¿Qué pasos debo seguir?" del contenido de Preguntas Frecuentes de la página web del Consorci Metropolità de l’Habitatge.

Más información

Para obtener más información preferiblemente se puede dirigir a Gavà Habitatge, mediante el correo electrónico gavahabitatge@gava.cat o a través del teléfono 93 263 96 60. También podéis acceder a la página web del Consorci Metropolità de l’Habitatge.

Para consultar telemáticamente más información puede acceder a los siguientes documentos específicos: Bases Reguladoras – RD 853/2021, del 5 de octubre.

Acceso a la Convocatoria y al esquema de tramitación.