Plazo de vigencia de las sepulturas

 

Vigencia de las sepulturas (nichos y/o columbarios)

 

La ordenanza del cementerio municipal de Gavà establece un período de concesión administrativa según tres modalidades:

 

1 Concesión del derecho con carácter permanente:

 

  • Período de concesión: 50 años
  • Solicitud de prórroga de la concesión: 25 años

 

 

2 Título funerario denominado de propiedad:

 

  • Período de concesión: 99 años. Derechos funerarios adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento de patrimonio de los entes locales (3 de diciembre de 1988).
  • Transcurrido el período: renovación de la concesión de la misma sepultura para un período de 50 años.
  • Solicitud de prórroga de la concesión: 25 años

 

3 Concesión del derecho con carácter temporal (alquiler)

 

  • Período: 10 años
  • Transcurrido el período: solicitud cambio de condición de uso temporal a permanente. Período: 40 años.

 

De acuerdo con la disposición transitoria de la Ordenanza del cementerio municipal de Gavà, el cómputo de los períodos de la concesión del derecho de las construcciones funerarias del cementerio de Gavà, se iniciarán a partir de la fecha de la primera inhumación, o en su defecto, de su adquisición.