De acuerdo con la normativa vigente, en el momento en qué se necesite contratar los servicios funerarios, se ha de tener en cuenta la siguiente información:
Se puede escoger libremente la empresa funeraria incluso cuando el servicio quede cubierto por una entidad aseguradora que tendrá que poner a disposición de las personas afectadas una relación de empresas prestadoras de servicios funerarios.
Se puede contratar libremente con diferentes entidades prestadoras de servicios funerarios la realización por separado de las diversas prestaciones que la función de transporte lleva asociada.
Se pueden contratar los diferentes artículos y servicios a diversas empresas funerarias.
En cumplimiento del artículo 3.2 de la Ley 2/1997, de 3 de abril, sobre servicios funerarios, modificado por el Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley, el Ayuntamiento de Gavà, pone a disposición de las personas interesadas las tarifas comunicadas para el año en curso por las empresas de servicios funerarios que operan en Gavà.
Servicios Funerarios
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De acuerdo con la normativa vigente, en el momento en qué se necesite contratar los servicios funerarios, se ha de tener en cuenta la siguiente información:
En cumplimiento del artículo 3.2 de la Ley 2/1997, de 3 de abril, sobre servicios funerarios, modificado por el Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley, el Ayuntamiento de Gavà, pone a disposición de las personas interesadas las tarifas comunicadas para el año en curso por las empresas de servicios funerarios que operan en Gavà.
Tarifas
Tanatorio Gavà-Castelldefels