Censo animales de compañía

Para acceder a la playa para perros es imprescindible que el animal esté censado en el municipio de residencia.

Cabe recordar que la identificación de los animales es una herramienta importante para fomentar su tenencia responsable, evitar las pérdidas y combatir el abandono.

El censo municipal es obligatorio. Como integrante de la familia en la que vive, es necesario inscribirlo como ciudadano en el registro censal del municipio donde resida.

La inscripción debe realizarse en el Ayuntamiento, que lo da de alta en el Registro General de Animales de Compañía (ANICOM).

Es importante actualizar los datos del censo cuando el animal cambia de domicilio y darlo de baja en caso de fallecimiento.

 

Alta en el censo municipal de Gavà

 

 

Sobre el chip:

¿Sabías que un perro no puede censarse si no tiene chip? (Pregunta en tu clínica veterinaria habitual para ponérselo)

Pero... sí puede tener chip y NO estar censado. En este último caso, NO cumple los requisitos para acceder. Por eso, nuestros agentes cívicos no necesitan lector de chips, porque no sirve para verificar si está censado el animal.

 

Por tanto, ¿qué hacer para poder acceder a la playa de perros de Gavà?

1.- Pon chip a tu perro

2.- Cénsalo en el Ayuntamiento donde resides. En el caso de Gavà, tramita aquí

3.- Coloca la chapa censal en la correa del perro y/o coge el carné o ficha del censo municipal para mostrarlo cuando te lo requieran.

4.- ¡Ya puedes venir a disfrutar de la playa de perros! (Recuerda que para acceder es necesario que seas mayor de edad)

 

Recuerda las normas de uso de la playa de perros de Gavà clicando aquí