Propuestas de resolución

Los vecinos y vecinas podrán presentar propuestas de resolución al Pleno, excepto las proposiciones normativas, siempre que cuenten con un mínimo de 100 firmas.

También podrán presentar propuestas las entidades que cuenten con un número de socios igual o superior a 100. Este punto se acreditará acompañando una certificación del acuerdo adoptado por la entidad donde se insta la presentación de la moción; así como una certificación del número de socios que cumplen los requisitos de mayoría de edad y de la residencia de Gavà.

No obstante, cuando el número de socios de una entidad sea inferior a 100, podrá también presentar propuestas de resolución al Pleno siempre que acompañe a la petición el número de firmas acreditadas que, sumadas al número de asociados, lleguen al requisito mínimo de 100. Así mismo, se admitirá la presentación de propuestas por parte de dos o más entidades, siempre que, sumados el número de socios que no sean comunes, se llegue al requisito mínimo de 100.


El contenido de la propuesta de resolución se tiene que ajustar al contenido y forma establecido para las resoluciones presentadas por los grupos políticos, establecido en el artículo 73 del ROM.

Si quieres conocer más información sobre este mecanismo, contacta con la Unidad de participación ciudadana en
participa@gava.cat.