Deben tener la preceptiva licencia para la tenencia y conducción de perros potencialmente peligrosos, y que se tramita en el ayuntamiento del municipio donde el perro reside habitualmente y donde debe estar censado. La persona propietaria y/o conductora tiene que ser mayor de edad.
La licencia tiene una vigencia de 5 años y es válida para todo el Estado español. Si un perro potencialmente peligroso cambia de municipio, se tendrá que solicitar la baja del censo del municipio donde residía y la alta en el ayuntamiento del nuevo municipio, así como la validación de la licencia. Una vez transcurrido el plazo de vigencia de la licencia es necesario volver a tramitarla.
En caso de desaparición del animal, se ha de comunicar al ayuntamiento dentro de las primeras 48 horas, de manera que quede constancia.
En la vía pública, el uso del bozal es obligatorio para los perros considerados potencialmente peligrosos. No se puede llevar más de un perro de estas características y la correa debe tener menos de 2 metros.
Obligaciones de las personas propietarias y conductores de estos animales.
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