Planes Especiales

 

Los Planes Especiales se requieren cuando se tiene que autorizar una actividad o instalación en suelo no urbanizable. La ley diferencia dos supuestos:

  • los planes especiales urbanísticos de desarrollo que se adaptan a las previsiones sustantivas del planeamiento territorial o urbanístico general, sean previstos expresamente o no en este planeamiento, y
  • los planes especiales urbanísticos autónomos repecto a las previsiones urbanísticas del planeamiento territorial o urbanístico relativas a los elementos fundamentales de les estructura general de la ordenación del territorio.