null El Ayuntamiento de Gavà congela el IBI y la tasa de residuos

  • Las ordenanzas fiscales hacen extensiva la congelación a la totalidad de tributos municipales

  • Se mantienen las ayudas a distintos colectivos y los beneficios fiscales

 


El Ayuntamiento de Gavà congelará el Impuesto de Bienes Inmuebles y demás impuestos municipales. Así se desprende de la modificación de ordenanzas fiscales de 2026 aprobada inicialmente por el Pleno Municipal.

La buena gestión presupuestaria permite mantener y mejorar unos servicios públicos de calidad y cercanos, garantizar la fortaleza y sostenibilidad de las finanzas municipales para avanzar en la mejora de la ciudad y reforzar la protección de las personas y familias sin subir la factura fiscal entre los contribuyentes.

Impuesto de Bienes Inmuebles

El IBI mantiene el tipo impositivo al 0,735%, con lo que su evolución se aleja aún más del IPC acumulado en los últimos años.

Continúan las bonificaciones para apoyar a las familias numerosas y subvenciones para personas con pocos recursos.

Se sigue incentivando el alquiler, con una bonificación del 95% de la cuota íntegra del impuesto para los inmuebles de uso residencial destinados al alquiler con renta limitada por una norma jurídica y el recargo del 50% sobre las viviendas vacías por un período de más de 2 años.

Se mantiene la bonificación del 50% de la cuota íntegra para las viviendas que instalen sistemas de aprovechamiento eléctrico o térmico de la energía solar durante los tres años posteriores a su instalación. Se suma a beneficios ya existentes en otros tributos por incentivar la instalación de fuentes de energía limpias y renovables, y la mitigación y adaptación al cambio climático.

Tasa de basura

Una vez actualizada el pasado año, la tasa de basura domiciliaria ya cubre el coste real del servicio de recogida y gestión de residuos, tal y como establece la normativa. De ahí que se haya congelado.

También se mantienen los precios de la tasa de residuos comerciales, a fin de reducir el impacto de una nueva tarifa. Actualmente, la recaudación supone el 71% del coste neto de la recogida comercial, donde se realiza un esfuerzo continuo de mejora. Este año, el sistema Porta a Porta, se ha ampliado a las zonas de plaza Balmes-Diagonal, Sant Lluís, y plaza Catalunya - av. Eramprunyà.

Además, se avanzará en la implantación de sistemas de pago por generación, es decir, que pague más quien más residuos genera.

Otros recibos congelados

  • Tasa por las entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de la vía pública para aparcamiento, parada y carga y descarga de mercancías

Se avanza en la eliminación del concepto de entrada de vehículos sin vado, ampliando hasta finales de 2026 la opción de tramitar la licencia de vado.

  • Tasa por reservas de la vía pública por aparcamiento, parada y carga y descarga de mercancías.

Quedan exentas de pago las ocupaciones por obras contratadas por el Ayuntamiento en vías o patrimonio municipal; las reservas para autocares de centros educativos; y ocupaciones por actividades organizadas por asociaciones sin ánimo de lucro o declaradas de especial interés o utilidad municipal.

  • Impuesto de Vehículos. Además de mantener el importe, continúa la exención en el primer vehículo de una persona con discapacidad.

Se bonifican los vehículos ECO y Zero Emissions con una reducción del 75% del importe. Una bonificación a la que se añaden otras ayudas para promover el uso de vehículos no contaminantes como el exención de pago de las tasas de utilización privativa de la vía pública y de ocupación de terrenos de uso público para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos ya gas, o para la reserva de plazas de estacionamiento. Además, los vehículos con distintivo “cero emisiones” tienen una bonificación del 50% en la tarifa de estacionamiento regulado y los eco del 25%. 

  • Plusvalía. Mantiene la exención en las transmisiones donde quede demostrado que no ha existido ganancia.También siguen las bonificaciones en caso de herencia, que van del 50% al 95% del impuesto según el parentesco y la edad del sujeto pasivo del impuesto.

  • Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO). Mantiene las bonificaciones que favorecen la accesibilidad y disminución del consumo energético en los hogares, así como las viviendas de protección oficial.

  • Tasa por la utilización de la vía pública y equipamientos, incluyendo las tarifas por mesas y sillas de bares y restaurantes.

  • Tasa del Cementerio. Mantiene las tarifas si bien se introducen algunas modificaciones, como el cambio de autoliquidación de algunos servicios funerarios y algunas aclaraciones técnicas de la ordenanza.

Como novedad, se introduce la Ordenanza Fiscal General de Recaudación, por lo que el Ayuntamiento ya cuenta con una normativa propia de cobro.