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Ingreso mínimo vital

En las solicitudes presentadas hasta el 15 de septiembre, la prestación tendrá carácter retroactivo desde el 1 de junio


El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos. Se define como un derecho subjetivo de la ciudadanía: se recibirá siempre que se cumplan los requisitos de acceso, como ocurre con el derecho a la pensión de jubilación o la prestación por desocupación, por ejemplo.

Se puede solicitar a través de un formulario con o sin identificación electrónica, por correo postal, o bien presencialmente (únicamente con cita previa en un centro de atención e información de la Seguridad Social).

Para que los beneficiarios puedan recabar la documentación y no sufran pérdida de derechos, en todas las solicitudes presentadas hasta el 15 de septiembre la prestación tendrá caràcter retroactivo desde el 1 de junio.

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