Responsabilidad de las personas titulares del derecho funerario

  • Los titulares de los derechos funerarios serán responsables e irán a su cargo el mantenimiento del nicho, columbario u otras construcciones funerarias, así como los daños y desperfectos que como consecuencia de su acción puedan causar en las construcciones del cementerio y en las otras construcciones funerarias.
  • La colocación de lápidas y otros elementos permitidos sobre los nichos requerirá la obtención previa de autorización municipal. La colocación y mantenimiento de elementos decorativos en los nichos y columbarios serán a cargo de las personas titulares.
  • Cuando sea necesario, se liquidarán los derechos fiscales municipales establecidos en la Ordenanza Fiscal núm. 11