null La nueva Ordenanza de Circulación reafirma que las bicicletas pueden acceder al medio natural, garantizando su preservación

  • Se clarifica el redactado a raíz de algunas alegaciones recibidas.
  • El documento también detalla el estacionamiento de autocaravanas.


 

La nueva Ordenanza de Circulación reafirma la plena compatibilidad del uso de la bicicleta en los espacios naturales con la preservación del entorno y el resto de actividades y usos. El gobierno municipal ha evaluado las alegaciones recibidas en el período de información pública, y ha decidido clarificar el redactado que aparecía en la versión inicial para reflejar de la mejor manera este espíritu favorable tanto al paso de bicicletas como al cuidado de la naturaleza.

En este sentido, se permitirá la circulación de bicicletas en los espacios de interés natural, terrenos forestales, agrícolas y urbanizables delimitados. En el caso del parque del Garraf, ya se cuenta con cerca de 50 km de caminos que de forma habitual la ciudadanía utiliza para montar en bicicleta. Este conjunto de pistas, caminos y senderos serán aprobados por decreto y deberá circularse con un límite de velocidad de 20 km/h.

 

 

Para proteger y preservar el entorno natural, quedará prohibida la circulación de bicicletas fuera de las pistas y caminos o en senderos no delimitados. También el paso por cortafuegos, lecho seco de ríos y torrentes, bajo las líneas eléctricas y por vías de desembosque (de tierra y de circulación temporal exclusivamente construidas para el transporte de aprovechamientos forestales). Aparte de garantizar la preservación del medio físico y la biodiversidad, la nueva ordenanza establecerá una ordenación de la red viaria y de los recorridos de actividades en bicicleta, evitando la creación de senderos alternativos. Además, se conciliará el paso de la bicicleta con la circulación de los propietarios de las fincas donde transcurren los itinerarios y se priorizará el paso de los peatones.

En relación a los espacios naturales, lo que sí se prohíbe es la circulación de vehículos a motor (incluidos los quads), ciclomotores y VMP,salvo en los caminos asfaltados. Sí que podrá acceder al vecindario para entrar en sus fincas, los vehículos de uso agrícola y los servicios públicos.

Estacionamiento de autocaravanas

El nuevo texto también pone en claro la presencia de las autocaravanas en el espacio público de Gavà. Se permitirá el estacionamiento de este tipo de vehículos de hasta 3.500 kg siempre que no se realice con vocación de pernoctación o permanencia, salvo en los espacios especialmente autorizados por decreto, si procede.

Así, las autocaravanas y asimilados podrán efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo, prohibiéndose expresamente la adopción de cualquier comportamiento susceptible de ser catalogado como pernocta o con vocación de permanencia en el viario urbano. Se trata de evitar una sobreutilización que pueda tener efectos negativos en la fluidez y seguridad del tráfico, en el uso de las calles peatonales, en la equitativa distribución de los aparcamientos y en la organización de los servicios públicos, que son los intereses públicos que se pretende preservar.

En cuanto a los vehículos de este tipo de más de 3.500 kg, no podrán estacionar en el casco urbano y sólo podrán hacerlo en espacios expresamente autorizados, aparcamientos habilitados o en la zona industrial.

Además de esta regulación general, se prevé la concesión de permisos excepcionales en caso de ferias, fiestas populares o eventos especiales.

Patinetes

El redactado final no incorpora cambios respecto al resto de medidas establecidas inicialmente, entre ellas la prohibición de que los patinetes circulen por calles peatonales, por la Illa, por la Rambla y por las aceras, y la obligatoriedad de tener 14 años o más y llevar casco para conducirlos.

Coincidiendo con la aplicación de la nueva ordenanza se abrirá una campaña informativa previa a la imposición de sanciones para que la ciudadanía conozca y sea partícipe del cumplimiento de las normas de circulación.

Aprobación y vigencia

La Ordenanza Municipal de Circulación pasará a aprobación definitiva del Plenario mañana jueves 30 de marzo, y una vez realizados los últimos trámites administrativos (notificación a la Subdelegación del Gobierno en Barcelona ya la Dirección General de Administración Local de la Generalitat), entrará en vigor en fecha 1 de mayo.