null El Ayuntamiento de Gavà no cobrará la tasa de terrazas a barer y restaurantes durante el resto del año

 El pago estaba suspendido desde el inicio del estado de alarma y ahora se amplía hasta finales de año. La iniciativa tiene un valor de 74.000 euros que el Ayuntamiento dejará de ingresar y quedarán en manos de los titulares de los establecimientos.


El Ayuntamiento de Gavà no cobrará la tasa de ocupación de vía pública a las terrazas de bares y restaurantes hasta finales de año. Esta es otra de las diferentes medidas que el Consistorio pone en marcha para reducir el impacto de la crisis provocada por la pandemia del Covid-19 sobre las actividades comerciales y económicas y contribuir a su recuperación. La medida se prevé aprobar en el próximo Pleno municipal que se celebrará el 4 de junio.

Al inicio del estado de alarma, decretado el 14 de marzo, el Ayuntamiento ya decidió no girar ningún recibo de estas tasas o cánones mientras se mantuviera su vigencia y los establecimientos tuvieran que estar cerrados. Ahora, coincidiendo con la reapertura de terrazas dentro del proceso de desconfinamiento por fases, la medida se amplía hasta finales de año.

 El valor de esta actuación es de 74.000 euros, recursos que el Ayuntamiento dejará de ingresar y quedarán en manos de los titulares de los establecimientos.

 

Ampliación de la superficie de terrazas

Coincidiendo con la autorización que la Fase 1 contempla para abrir terrazas, algunos establecimientos están solicitando al Ayuntamiento la ampliación de sus espacios, y otros que no tenían están solicitando permiso para instalar mesas en la calle. Los servicios municipales están estudiando con la máxima celeridad posible todas las peticiones y, se hará todo aquello que se considere necesario para poder satisfacer positivamente las demandas.

Los bares y restaurantes que quieran solicitar ampliación tienen que entrar una instancia formal a través de la sede electrónica.

En este sentido, el Ayuntamiento ha establecido unos criterios para facilitar mayor espacio y respetar al mismo tiempo unas condiciones básicas. Así, las terrazas se podrán ampliar hasta un máximo del doble de la superficie actual, siempre y cuando se cumplan los requisitos fijados para hacerlas compatibles con el uso general del espacio público por parte de la ciudadanía y respectar en todo momento las condiciones de seguridad sanitaria. Estos requisitos son:

  • En aceras y plataformas únicas se debe garantizar como mínimo un paso libre de peatones de 2 metros y 3,5 metros si circulan vehículos.
  • Que no afecten a un carril bici, ni impidan el acceso a parkings y equipamientos que tengan acceso para vehículos, ni el acceso y paso de los servicios públicos de movilidad, limpieza, seguridad y emergencias.  
  • Que no dificulten la utilización de los servicios públicos, el uso y el mantenimiento del mobiliario urbano,  ni la visualización de las señales de tráfico.
  • Cuando se proponga ocupar plazas de aparcamiento, se debe presentar una propuesta, a través de una instancia de solicitud para que los servicios técnicos valoren la convivencia y definan los elementos de protección o separación que sean necesarios. La ocupación no se podrá realizar hasta que los servicios técnicos hayan validado estos elementos de protección o separación.
  • Las nuevas autorizaciones no pueden interferir en las necesidades que sean requeridas por otras actividades comerciales en el espacio público como consecuencia del cumplimento de distancias de seguridad sanitaria. Especialmente cuando haya establecimientos o actividades en los que los clientes o personas usuarias tengan que esperar en el espacio público, se deben garantizar el espacio libre suficiente para que esta se desarrolle en las condiciones sanitarias adecuadas.
  • Únicamente se admite como mobiliario la instalación de mesas y sillas (a razón de cuatro sillas por cada mesa), sombrillas (excepto, por razones de seguridad, en caso de plazas de aparcamiento en línea) y jardineras, cuando se ocupe la calzada
  • Cuando se autorice la ocupación en calzada, el Ayuntamiento tiene que instalar elementos de separación con los carriles de circulación, así como la señalización necesaria.
  • El titular del establecimiento tiene la obligación de velar que estos elementos se mantengan en buen estado y en las mismas condiciones de implementación, de manera que tiene que comunicar al Ayuntamiento cualquier desperfecto, cambio de ubicación o desplazamiento respecto al estado o la instalación inicial.
  • Asimismo, el Ayuntamiento procederá a retirar los vehículos estacionados en los espacios de calzada que resulten afectados.

 

Además de estos requisitos, las personas titulares de las autorizaciones de terrazas, tienen que  garantizar que se cumplen escrupulosamente las medidas de higiene, prevención y seguridad que marca la normativa. Y deben respetar los horaris, que en l’actual Fase 1 establece como cierre las 23h, y que en fases posteriores se ajustará a lo que marquen las normas que se establezcan.

Las autorizaciones que el Ayuntamiento otorgue en el marco de esta situación provocada por la pandemia, tienen carácter excepcional y provisional, y no comportan el reconocimiento de derechos adquiridos. Su duración es temporal hasta el 31 de diciembre de 2020, y se podrán reducir o prorrogar si se aprecian condiciones de excepcionalidad y emergencia sanitaria que así lo justifiquen. En todo caso, de acuerdo con su carácter excepcional, finalizarán cuando lo determine el Ayuntamiento.

 

Medidas de seguridad e higiene

Hay que recordar que en la actual Fase 1 de desconfinamiento, los bares y restaurantes pueden ocupar las terrazas a un 50% de la capacidad permitida por la concesión de la administración municipal de la que disponga. Se ha de mantener una distancia mínima de 2 metros entre mesa y mesa y también un máximo de 10 personas por mesa, entre las cuales también tendrá que haber una distancia mínima de seguridad interpersonal.

Los propietarios tendrán que aplicar en todo momento las medidas de higiene y prevención en la prestación del servicio, como la desinfección del espacio de la terraza y la limpieza de las mesas, sillas y otros utensilios entre uso y uso.

En la mesa no se podrán dejar aceiteras o dispensadores de servilletas de papel.

Los establecimientos deberán poner a disposición de los clientes geles hidroalcohólicos homologados en la entrada, y evitar cartas y menús que pasen de mano en mano.

En relación a los lavabos, se tendrán que limpiar y desinfectar seis veces al día.

 

 

 

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